ACTIVIDAD ESTRACURRICULAR

 

  

        ACTIVIDAD EXTRACURRICULAR

                    La Constitución y los Tratados Internacionales

Está muy interesante ya que en la realización de una sentencia de las más comentadas en el ámbito académico Mexicano que es la contradicción de tesis 293/2011 la suprema corte la utiliza para armonizar la doctrina de los tribunales colegiados , cuando tienen pronunciamiento contradictorio con  respecto a un punto jurídico, las contradicciones se denuncian , puede haber también contradicciones entre salas , que hacen una vía procesal que se utiliza para uniformar la doctrina, hablaron sobre3 temas de tribunales colegiados  que sacaron tres temas como lo dije anteriormente que fueron el tema de la jerarquía normativa de los tratados internacionales que este ha sido un tema que la suprema corte ha estado abordando desde los últimos 20 años con distintos criterios , el tema sobre la vinculación de la jurisprudencia interamericana hacia los tribunales nacionales si es obligatorio o no y el control de convencionalidad que pueden realizar los tribunales .la idea principal es si las 3 sentencias tenían un punto en contradicción , hablaron que la corte encontró que respecto a los dos primeros temas había un punto de contradicción por se habían sostenido criterios distintos tanto de respecto de la posición jerárquica que guardan los tratados internacionales en el ordenamiento internacional como respecto a la vincularidad que puede existir o no de la jurisprudencia interamericana ,la suprema corte fijo como punto  de contradicción a resolver las dos cuestiones .El enfoque tradicional que se había dado para los casos que involucraran estándares de ayudados de tratados internacionales había sido de jerarquía normativa y encontramos una línea jurisprudencial evolutiva en el cual la corte se había ido pronunciando poco a poco sobre el lugar o el rol que tenían los tratados internacionales dentro de nuestro esquema de fuentes de nuestro ordenamiento jurídico. En el primer pronunciamiento en el cual la corte equipara los tratados internacionales a las leyes sin hacer una distinción de leyes federales que concluyen que están en el mismo escalón en el sentido que quedan ambas por debajo del texto constitucional sin ningún debate ulterior al respecto. Hay un orden jurídico constitucional, orden jurídico nacional y después viene la distinción entre federal y local .Esto conduce  a la corte a concluir que los tratados internacionales  se encuentran inmediatamente después del texto constitucional .La diferencia de las leyes generales son aquellas que de acuerdo con un mandato constitucional pueden repartir competencia entre la federación y los estados y no pueden estar en el mismo plano de igualdad que las otras leyes.

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