TAREA 3: El quehacer principal de los 3 poderes
INVESTIGACIÓN DEL QUEHACER PRINCIPAL DE CADA UNO DE LOS 3 PODERES
Desde que
México es un país independiente, se estableció con toda precisión que una de
las bases de su organización política y de su estructura gubernamental era el principio
de división del ejercicio del poder, el llamado división de poderes, que fijó
la regla especial de esa fragmentación en el ejercicio de las actividades que
corresponden al Estado y prohibió la reunión en una o más personas de esos
poderes separados.
El ejercicio del
Poder Soberano se divide en tres grandes agrupamientos de órganos del Estado
que conforman el Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial,
cada uno con su ámbito de acción, con su propia y característica estructura organizativa
y con su conjunto de funciones y responsabilidades.
El pueblo
mexicano ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, es decir, de
los poderes federales, en los casos de la competencia de éstos; pero también el
pueblo ejerce su soberanía a través de los poderes de los estados, en lo que
toca a sus regímenes interiores. La Constitución Federal es la que expresamente
ha creado estos dos órdenes de gobierno, y quien también en forma expresa ha
señalado el reparto de competencias para cada una de estas jurisdicciones.
En base a todas las anteriores consideraciones podemos
afirmar que tanto en el nivel federal como en el local existe la misma división
de poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
Poder Legislativo federal
Congreso de la Unión. Se ha definido como el organismo
bi-camaral en que se deposita el Poder Legislativo Federal, o sea, la función
de imperio del Estado mexicano consistente en crear normas jurídicas abstractas,
generales e impersonales llamadas
«Leyes»
en sentido material y formal».
El Congreso de la Unión está formado por la Cámara de Diputados
y la Cámara de Senadores.
Cámara de Diputados. Es un
órgano integrante del Congreso de la Unión dentro del sistema bi-camaral, adoptado
por nuestra Constitución (artículo 50 de la Constitución Federal) y que tiene
un origen popular directo como representante del pueblo mexicano.
Esta cámara está representada por diputados federales, los
cuales son representantes del pueblo mexicano ante la Federación y duran en su cargo
3 años.
Cámara de Senadores. Es un órgano integrante
del Congreso de la Unión, que tiene un origen popular directo y como función
primordial representarlo ante la Federación.
Los senadores, integran esta cámara y son los representantes
de cada uno de los estados de la Federación. Surgen por elección popular y duran
en cargo 6 años.
Poder Ejecutivo federal
La doctrina lo define como «el conjunto de órganos estatales
en que éste se deposita o a los que se confía la administración pública y se
encabeza por un funcionario denominado Presidente».
El Presidente, como representante del Poder Ejecutivo,
es el encargado de la administración de la federación y de establecer
relaciones en el ámbito internacional. Para cumplir con su cometido, se auxilia
de las SECRETARÍAS DE ESTADO, dentro de las cuales están la Secretaría de
Gobernación, Secretaría de Educación Pública, Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
Secretaría de Desarrollo Social, Secretaría de la Defensa Nacional y otras.
También constituye parte del Ejecutivo Federal la Procuraduría
General de la República.
Poder Judicial de la federación
Se entiende en dos sentidos: uno
orgánico y otro funcional. Conforme al primero, denota a la judicatura misma,
es decir, al conjunto de tribunales federales estructurados jerárquicamente y dotados
de distinta competencia. Bajo el segundo sentido, dicho concepto implica la función
o actividad que los órganos judiciales del Estado desempeñan.
El Poder Judicial de la Federación se integra por la
Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral y el Consejo de
la Judicatura Federal. En segundo lugar se encuentran los Tribunales Colegiados
de Circuito (que conocen de amparos directos, y recursos de revisión en amparos
indirectos), y de los Tribunales Unitarios de Circuito (que conocen de
apelaciones) y en tercer lugar se encuentran los Juzgados de Distrito, quienes conocen
de los juicios de amparo llamados indirectos, así como de asuntos civiles mercantiles
y penales federales.
Poder Legislativo estatal: Dentro
de nuestro régimen de gobierno, el Poder Legislativo se encuentra representado por
el Congreso Local: Cámara de diputados.
Poder Ejecutivo estatal: Este
poder, que implica la función administrativa, se deposita en una sola persona denominada
«Gobernador». Para cumplir con sus funciones, al igual como sucede con la Federación,
se auxilia del Secretario General de Gobierno, de los demás secretarios, así como
de las Subsecretarias de Estado, etcétera.
Poder Judicial estatal: Se
encarga de la actividad jurisdiccional y se ejerce: a) por el Tribunal Superior
de Justicia del Estado. Este, a su vez, se encuentra integrado por ONCE SALAS
(cinco salas penales, dos salas civiles, una familiar, una constitucional, una
sala auxiliar y una sala de justicia indígena); b) Tribunal de lo Contencioso
Administrativo y de Cuentas y c) jueces de primera instancia (mixtos, en
materia penal, civil, familiar, especializados en justicia para adolescentes y
del sistema penal acusatorio). A su vez, éste Poder Judicial se encuentra conducido,
administrado, vigilado y disciplinado por el Consejo de la Judicatura del
Estado de Oaxaca, como órgano técnico y de gestión, con excepción del Tribunal Superior
de Justicia.
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